Críticas a la AFIP por el impuesto a las billeteras electrónicas
Tributaristas y referentes del fintech afirman que alienta la desbancarización y la ilegalidad. Para el organismo estatal la decisión apunta a equilibrar la situación fiscal en el sistema financiero
La decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de aplicar retenciones de IVA y ganancias a medios de pago digitales anotó críticas de parte de referentes del sector fintech y tributaristas. A su vez, el organismo estatal afirmó que la medida apunta a equilibrar la situación de los jugadores del sistema financiero.
"La AFIP estableció un régimen de retención de IVA y de ganancias a las operaciones efectuadas mediante el uso de billeteras electrónicas, con el objetivo de poner en igualdad de condiciones a este tipo de operaciones con las compras realizadas con tarjeta de débito y crédito", difundió el organismo a través de un comunicado.
El presidente de la cámara de Fintech y CEO de la empresa MONI, Juan Pablo Bruzzo, consideró la medida como regresiva y dijo a Télam: "Esa es una medida que va contra la corriente ya que en vez de incentivar el uso de medios de pago digitales, terminan incentivando el efectivo, que es ineficiente, caro, inseguro y conlleva a la economía informal". Además, pidió beneficios fiscales para las billeteras electrónicas para "incentivar su uso en detrimento del efectivo".
De todas maneras, Bruzzo aclaró que "es una medida que no afectará el desarrollo de las fintechs ya que el mercado desatendido por los jugadores tradicionales es enorme, pero es una medida a corto plazo que no busca resolver unos de los problemas de la economía argentina que es la informalidad generada por el uso masivo del efectivo como medio de pago":
Consultado sobre el impacto de la medida, el tributarista Julián Ruiz de R&A Asesores Tributarios, reprobó la disposición de AFIP y aseguró a BAE Negocios que "es totalmente inapropiada, desbancariza la poca operatoria que hay y perjudica la actividad económica".
Y siguió: "Es una situación fácil tirarle a las fintech la obligación de recaudar cuando en realidad es una actividad propia del Estado. La teoría de gravar las operaciones financieras impulsa la precarización de la economía. En lugar de que haya mayor cantidad de operaciones bancarizadas, habrá mayor cantidad por otros canales o por fuera del sistema".
Sin embargo, fuentes de AFIP descartaron que el gravamen tenga un fin recaudatorio y explicaron a este medio que el objetivo de la medida es equiparar la situación entre los actores del sistema financiero. "No había legislación sobre el tema billeteras, la idea es igualar la cancha para los jugadores del mercado", manifestaron.
Además, cruzaron al comunicado de la Cámara de Fintech y expresaron que la medida "no afecta, como ellos dicen, a los "pequeños comercios" porque están explícitamente exceptuados del gravamen".
En la Resolución General 4.568 publicada en el Boletín Oficial, la AFIP explicó que "quedarán exentas de esta medida las microempresas registradas como tales ante la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las “Potenciales Micro Empresas” en los términos de la Resolución General 4.568 y su modificatoria". La modificación se aplicará a las liquidaciones efectuadas a partir del 19 de noviembre próximo.
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Según explicó la AFIP, los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito.
Esos porcentajes serán similares a las establecidas para las compras directas: 0,5% para tarjetas de débito y 1 % para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos. De esta manera, las administradoras de las terminales o las billeteras electrónicas realizarán la misma retención más allá del canal de cobro utilizado.
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