Acciones, bonos, depósitos: ¿cuánto le cobra ARCA a los ahorristas por invertir?
ARCA explicó qué tributos se aplican en cada caso y cuáles quedan exentos
Con la expansión del ahorro minorista hacia la Bolsa y el sistema financiero, muchos pequeños inversores comenzaron a preguntarse qué impuestos deben pagar por sus inversiones. En esa línea, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) explicó que aplica dos tributos principales sobre los rendimientos financieros: Impuesto a las Ganancias e Impuesto sobre los Bienes Personales.
Qué inversiones pagan impuestos y cuáles no. Bonos y títulos públicos
- Exentos de todos los impuestos.
- No pagan ni Ganancias ni Bienes Personales.
- Aplica a bonos nacionales, provinciales o municipales.
Obligaciones Negociables (ONs)
- En pesos: exentas de Ganancias y Bienes Personales.
- En dólares: exentas de Ganancias, pero pagan Bienes Personales por su tenencia.
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Acciones que cotizan en la Bolsa local
- Venta: no tributa Ganancias.
- Dividendos: tienen una retención del 7%, que realiza la empresa emisora.
- Bienes Personales: no pagan, porque la sociedad ya abona un impuesto equivalente.
Certificados de Depósito Argentino (Cedears)
- Representan acciones extranjeras (como Apple o Coca-Cola).
- Venta: exenta de Ganancias.
- Dividendos del exterior: pagan Ganancias como renta extranjera.
- Bienes Personales: se incluyen en el patrimonio imponible.
Fondos Comunes de Inversión (FCI)
- Si el 75% o más del fondo está invertido en activos exentos (bonos, ONs en pesos), no tributa.
- Si no alcanza ese porcentaje, paga impuestos de forma proporcional.
Cajas de ahorro y cuentas remuneradas
- En pesos: exentas de Ganancias y Bienes Personales.
- En dólares: exentas ambas, pero los intereses en dólares sí pagan Ganancias.
Plazos fijos
- En pesos: exentos de Ganancias y Bienes Personales.
- En dólares: los intereses pagan Ganancias, pero el capital está exento.
Dólares billete
El dinero guardado fuera del sistema financiero paga Bienes Personales.
Puede incluirse en el Régimen Especial (REIBP), que fija una tasa del 0,45% anual por 5 años, cerrando la obligación impositiva hasta 2027.