ARCA exige este importante trámite a los monotributistas: fecha límite confirmada
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) le notificó a sus monotributistas que deben realizar un importante trámite que, en el caso de no hacerlo, podría traducirse en recargos en siguientes cuotas y hasta multas.
Se trata de la recategorización, un trámite que se realiza dos veces al año. La primera instancia fue a principios de año, y ahora toca el segundo periodo para quienes no lo hicieron.
No es necesario hacerlo dos veces en el mismo año. Quien no lo hizo a principio de año, tiene la oportunidad ahora para estar al día frente a la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Qué es la recategorización y a quién le correspondeLa recategorización debe ser realizada por los monotributistas cuyos ingresos hayan superado o quedado por debajo de los parámetros de su categoría actual durante los últimos 12 meses. Si los ingresos se mantuvieron dentro de los márgenes establecidos, no es necesario modificar la categoría.
Tampoco deben realizar el trámite quienes hayan iniciado su actividad en los últimos seis meses, ya que no cuentan con el período mínimo necesario para evaluar su facturación.
Desde ARCA recordaron que, una vez realizada la recategorización, el nuevo valor comenzará a regir a partir del 1° de agosto, con vencimiento del pago el 20 de ese mes. La próxima actualización de escalas será en enero de 2026, en función de la inflación del segundo semestre.
¿Hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse?La fecha límite para la recategorización, que arrancó el 15 de julio, fue fijada por ARCA hasta el 5 de agosto.