ARCA extiende plazos para cancelar deudas de Ganancias por quebrantos mal computados
ARCA dispuso un menor pago a cuenta, a fin de facilitar la regularización a los contribuyentes
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo plan de facilidades de pago para empresas que hayan rectificado pérdidas contables computadas incorrectamente, con extensiones en los plazo y una reducción del pago a cuenta.
Las modificaciones se plasmaron en la Resolución General 5742/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, y que establece que podrán adherirse las firmas que hayan actualizado quebrantos en 2023 y en años anteriores, así como las que planeaban ajustarlos por su período fiscal 2024 y hayan manifestado mediante Presentación Digital o judicialmente esa decisión.
“Estas actualizaciones buscan facilitar a los contribuyentes la regularización de saldos resultantes de declaraciones juradas en las que se hayan computado quebrantos incorrectamente o donde se utilicen quebrantos a valores históricos”, indicó la ex AFIP en un comunicado, en el que señala que se incorpora “un nuevo universo con el objetivo de reducir la litigiosidad”.
La resolución amplía los conceptos a regularizar para incluir multas, reduce el pago inicial, aumenta el número máximo de cuotas, extiende el plazo de adhesión y permite la refinanciación de planes de pago existentes, luego de la finalización del plan de pagos anterior, el jueves 31 de julio.
Inconsistencias
La decisión de ARCA se tomó "en virtud de las numerosas inconsistencias registradas en el tratamiento de los quebrantos, ya sea por errores en su cómputo o en su actualización, y que llevaron en muchos casos a una
incorrecta determinación de la base imponible", lo que generó “saldos a pagar por el impuesto a las ganancias de ejercicios previos”, indicó el organismo.
Asimismo, aclaró que “la declaración jurada original y/o rectificativa debe estar presentada al momento de la adhesión al plan de facilidades de pago”.
Beneficios y condiciones
El plan incorpora la posibilidad de incluir las multas vinculadas a las obligaciones alcanzadas por el régimen de facilidades de pago, además de los saldos del impuesto y sus correspondientes intereses.
También prevé una disminución del porcentaje inicial a ingresar como pago a cuenta, al reducir del 3% al 2% del total de la deuda.
El plan de pagos podrá cancelarse en hasta 120 cuotas, con un pago a cuenta equivalente al 2%. El monto mínimo de la cuota será de hasta $500.000.
La empresa interesada en adherir deberá rectificar la Declaración Jurada del impuesto a las ganancias, revirtiendo el quebranto, y retrotraer compensaciones efectuadas.
También se admitirá la refinanciación de planes vigentes para quienes cumplan la condición objetiva, sin requerirse un nuevo pago a cuenta.
Las adecuaciones se encontrarán disponibles para la adhesión en el sistema informático “Mis Facilidades” a partir del 12 de agosto y la refinanciación de los planes vigentes estará disponible a partir del 2 de septiembre.