¡Atención con el vencimiento de la tarjeta! Algunos bancos adelantan la fecha de pago del resumen
Los clientes de algunos bancos privados se sorprendieron con el aviso de que se habia anticipado hasta una semana el día para pagar el resumen de la tarjeta. Si no se cancela, hay punitorios y recargos por financiamiento
La suba del costo de vida y el estancamiento de los salarios en algunos segmentos provocó la necesidad de recurrir con mayor asiduidad a las tarjetas de crédito para la compra de alimentos y gastos cotidianos. Por eso, la fecha de cierre de uso mensual y de pago, se vuelven clave.
La indicación de “fecha de cierre actual”, es la fecha en que terminó el último ciclo y abarca todos los gastos que se hicieron en ese mes. La fecha de “vencimiento actual”, es la fecha limite que tenés para realizar el pago de tu resumen
En general, y dependiendo de los días hábiles, el cierre y vencimiento de tarjeta tienen una diferencia de 10 días. Conocer esta información te puede ayudar a contribuir a tu salud financiera, pues la fecha límite de pago incide directamente en tu límite de tarjeta.
Sin embargo, algunos bancos decidieron adelantar el vencimiento y achicar el plazo entre el cierre de la tarjeta y el vencimiento en momentos en que se atraviesan turbulencias respecto del tipo de cambio.
Dónde mirar la fecha de vencimiento de la tarjeta
La fecha en la que debe efectuarse el pago figura en forma anticipada, pero en muchos casos, por la costumbre de que estuviera determinada en la segunda semana del mes, no se notó el anticipo o acortamiento de las fechas.
Así, ahora, la mayoría de los bancos privados que emiten tarjetas de crédito colocan sus vencimientos entre el 1 y el 5 de cada mes, que complica a quienes perciben salarios mensuales en forma posterior. Hay que tener en cuenta que la legislación establece como tope para el pago de los haberes el quinto día hábil que muchas veces por feriados y fin de semana, es después del día 5.
Fuentes del Banco Central señalaron que “existe una Ley de Tarjetas de Crédito que es la que regula la operatoria” que no tiene que ver con disposiciones del Banco Central. “Este mes hubo algunos bancos que por el feriado cambiaron los cierres y anticiparon los pagos”, remarcaron.
Qué dice la ley sobre el vencimiento de las tarjetas
La trajetas de crédito están reguladas por medio de una ley, la 25.065, que estable las condiciones y los derechos y obligaciones de los usuarios y emisores de tarjeta. En ese texto se establece que el “emisor deberá confeccionar y enviar mensualmente un resumen detallado, preferentemente en forma electrónica, de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados”.
Entre los datos obligatorios deben figurar
- Fecha de vencimiento del pago actual, anterior y posterior.
- Límite de compra otorgado al titular o a sus autorizados adicionales autorizados adicionales.
- Monto hasta el cual el emisor otorga crédito.
- Tasa de interés compensatorio o financiero y punitorio
- Monto del pago mínimo que excluye la aplicación de intereses punitorios.
En cuanto al plazo de vencimiento y pago, solo establecer que “el resumen deberá ser recibido por el titular con una anticipación mínima de cinco (5) días anteriores al vencimiento de su obligación de pago, independientemente de lo pactado en el respectivo contrato de Tarjeta de Crédito”.