¿VUELOS MÁS BARATOS?

Cielos abiertos: qué va a pasar con las tarifas, tras la desregulación aérea

El Gobierno estableció por decreto la agilización de autorizaciones para que operen nuevas líneas aéreas y generar más competitividad 

BAE Negocios

El decreto 599/2024 publicado este miércoles en el Boletín Oficial reglamenta el acceso a los mercados aerocomerciales, habilita el ingreso de nuevos operadores y modifica el modo en el que se asignan las posiciones y horarios de vuelo a las aerolíneas.

De acuerdo con la información oficial, también se "optimizan"  los servicios en los aeropuertos y, en virtud del decreto 70/23 "se consolidan los principios de libre acceso a los mercados, la lealtad comercial y la desregulación tarifaria".

También se plantea que los servicios de transporte aéreo regular o irregular serán ejecutados por empresas autorizadas por el Poder Ejecutivo sin necesidad de pasar previamente por audiencias públicas.

Las aeronaves afectadas a los servicios aerocomerciales y de aviación general deberán tener matrícula argentina. Sin embargo, el Poder Ejecutivo permitirá la utilización de aeronaves de matrícula extranjera y procurará obtener principios de reciprocidad y acuerdos de doble vigilancia de seguridad operacional donde se garantice que dichas aeronaves serán tripuladas, asistidas y mantenidas por personal argentino.

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Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación, avanza con 
los cambios en el transporte aéreo 
Qué va a pasar con las tarifas aéreas 

 

Hasta ahora, bajo la nueva política de apertura del sector, las autoridades de Transporte ya han logrado firmar "acuerdos bilaterales de entendimiento" con varios países como avance de la política de "cielos abiertos".

En lo que respecta a la comercialización de los tickets aéreos, el DNU 70/23 dio de baja al sistema de "bandas tarifarias reguladas" que había entrado en vigencia en 2002.

 

Las aerolíneas pueden establecer libremente los valores de los pasajes, de acuerdo con sus políticas comerciales y estrategias de mercado.

Las tarifas solo deberán quedar registradas ante la autoridad competente con el fin de dar a conocer los términos, condiciones, penalidades y restricciones de cada una de ellas.

A su vez, en materia de ayudas económicas, el superdecreto plantea la posibilidad de poder subvencionar la demanda en determinados vuelos de cabotaje.

Según el texto del artículo 230, "el Poder Ejecutivo podrá subvencionar la demanda de servicios de transporte aéreo en aquellas rutas que resulten de interés general para la Nación.

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