El Gobierno modificó el régimen antidumping para reducir costos y precios
El Gobierno oficializó la eliminación y simplificación de trámites con el propósito de reducir costos en los procesos productivos y, en consecuencia, los precios al consumidor
La Secretaría de Industria y Comercio reglamentó las modificaciones al sistema antidumping, para frenar las operaciones de competencia desleal de productos y servicios importados, y sostuvo que de esa forma se reducirán “costos en procesos productivos y precios al consumidor”.
La medida se plasmó mediante la resolución 111/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, que reglamenta lo dispuesto en el decreto 33 del 15 de enero.
Los alcances de la medida
El secretario de Industria y Comercio, Esteban Marzorati, detalló que entre las principales modificaciones al sistema se establece la “ventanilla única”, con lo que se elimina la necesidad de tramitar 2 expedientes en dependencias distintas, debiendo hacer uno solo ante la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE).
Asimismo, el funcionario indicó en un posteo de la red X que “las investigaciones durarán 8 meses en lugar de 18”.
Reducción de plazos
La medida antidumping tendrá una vigencia de no más de 3 años, con la posibilidad de renovarla por única vez por 2 años adicionales, de manera que su duración máxima se limita a cinco años, evitándose la “perpetuidad de las medidas que hacen perder sentido a la determinación de competencia desleal”, aclaró.
El proceso de investigación incluirá consideraciones de interés público mediante la intervención de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y la participación de Defensa del Consumidor y sus asociaciones.
También se modifican cuestiones técnicas como la incorporación de parámetros para cálculos de valor y mecanismos de control para evaluar cumplimientos, por ejemplo de precios.
El asesoramiento deja de ser obligatorio
La instancia de asesoramiento deja de ser obligatoria “con el objetivo de reducir el costo de los interesados”, en tanto se establece la posibilidad de suspender excepcionalmente una medida antidumping vigente por razones de política general o interés público.
Marzorati indicó que el decreto 33 no establece la eliminación de las medidas vigentes (las cuales siguen curso hasta su vencimiento) aunque el procedimiento establece que pueden ser reabiertas las investigaciones ante cambios de circunstancia.