DESEMPLEO

¿Estás sin trabajo? Anses paga una ayuda por un año y en julio aumenta el monto

Anses entrega una ayuda económica para personas que perdieron su trabajo. El paso a paso para cobrar la Prestación por Desemple hay que seguir estos pasos

BAE Negocios

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el aumento en los montos de la Prestación por Desempleo a partir de julio de 2025, en línea con la actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) dispuesta por el Gobierno nacional. 

Recordemos que en junio, el salario mínimo había tenido un incremento de 1,69% respecto de mayo y quedó en $313.400

El ajuste fue establecido por decreto luego de que fracasara el intento de alcanzar un acuerdo en el Consejo del Salario el pasado 29 de abril. Sin consenso entre representantes sindicales y empleadores, el Poder Ejecutivo definió unilateralmente los aumentos que regirán hasta agosto de 2025. 

En julio, en tanto, el monto alcanzará los $317.800.

Requisitos para tramitar la Prestación por Desempleo
  • Para los trabajadores en relación de dependencia permanentes, el requisito es tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • En tanto, para trabajadores eventuales o de temporada, es necesario haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

Además, al momento de hacer el trámite de Prestación por Desempleo en Anses, se deben presentar el DNI y la documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:

Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.


Despido por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
 

Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
 

Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

 

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Cómo tramitar la Prestación por Desempleo de ANSES
 

ANSES dispone de dos formas para tramitar esta prestación, ya sea de forma virtual o física:

De forma online

  • Reunir toda la documentación mencionada con los certificados que confirmen que no estás trabajando al momento de hacer el trámite.
  • Entrar a la página de Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
  • Una vez dentro del apartado de "Atención virtual", deberás buscar entre los trámites "Prestación por desempleo".
  • Allí, deberás elegir entre las opciones de "trabajadores de la construcción" o "relación de dependencia".
  • También pueden suspender la prestación desde este paso, según corresponda.
  • Posteriormente, aparecerán los datos del solicitante. En caso de que estos sean incorrectos, podrán modificarlos desde esta página.
  • Una vez chequeada la información, podrán iniciar con el trámite. Les pedirán completar una declaración jurada Prestación por Desempleo y el DNI junto a la documentación requerida.


De forma presencial

  • Pueden sacar turno en la oficina más cercana a su domicilio
  • Llevar el DNI y la documentación especificada, según el caso
  • Cuándo cobro la Prestación por Desempleo Anses

El cronograma de pagos de junio:
  • DNI terminados en 0 y 1: 24 de junio.
  • DNI terminados en 2 y 3: 25 de junio.
  • DNI terminados en 4 y 5: 26 de junio.
  • DNI terminados en 6 y 7: 27 de junio.
  • DNI terminados en 8 y 9: 30 de junio.

 

 

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