Reintegros

La AFIP toma medidas para agilizar la liquidación de divisas

Dará reintegros de IVA para exportación a cambio del cumplimiento estricto de la medida del Banco Central. Las empresas deberán estar al día con sus impuestos y presentar la planificación fiscal. Será publicado en el Boletín Oficial de hoy.

amaciel

El Gobierno buscará agilizar el ingreso y la liquidación de divisas a través de dos medidas que beneficiarán a los exportadores , pero que busca achicar al mínimo las postergaciones y las evasiones fiscales. A través de una medida que se publicó hoy en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP ) dispuso que, para acceder a los reintegros de IVA por exportaciones, las empresas deberán atenerse a la planificación fiscal y cumplir con la obligación que el Banco Central puso para acceder al beneficio.

Según información oficial, las exportadoras deberán "presentar la documentación requerida por el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales ", y "cumplir con la obligación establecida por el Banco Central en materia de ingreso y liquidación de las divisas que dan lugar al beneficio tributario".

"La medida del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont fortalece la capacidad del Estado nacional para hacer cumplir las reglas . La resolución general que será publicada el lunes en el Boletín Oficial representa un avance en materia de coordinación entre distintos organismos del sector público . cambios benefician a las firmas cumplidoras ", destacó un comunicado de prensa.

Lo cierto es que el organismo recaudador también establecido como c ondición para el reintegro de IVA por exportaciones que "el solicitante no registre deudas exigibles por cualquier concepto relativo a sus obligaciones impositivas , previsionales y / o aduaneras , a la fecha de su efectivización".

Las modificaciones tendrán aplicación para los pagos que deban realizarán a partir de marzo . "A partir de ese momento, quedarán excluidos del régimen de reintegro atribuible a exportaciones, los contribuyentes que incumplan el" Régimen de información de planificaciones fiscales "establecido por la Resolución General N ° 4838", destacaron desde el organismo.

¿Qué son las Planificaciones Fiscales?

El Régimen de Información de Planificaciones Fiscales es un mecanismo es un instrumento utilizado a nivel global para reducir la opacidad, evitar la evasión y prevenir el lavado de dinero . A partir de marzo, las empresas que pretenden acceder a un reintegro de IVA por exportación deberán haber presentado la información requerida sobre planes fiscales. Los cambios fortalecen la coordinación de políticas al interior del sector público.IVA por exportación deberán haber presentado la información requerida sobre planificaciones fiscales. Los cambios fortalecen la coordinación de políticas al interior del sector público.

Asimismo, a partir de marzo, antes de realizar un reintegro de IVAIVA a una firma exportadora, la administración tributaria verificará que esta cumpla con sus obligaciones de ingresar y liquidar divisas. La decisión de la AFIP establece que las empresas exportadoras que tramiten un reintegro por IVA no deben registrar a la fecha de efectivización de la devolución, incumplimientos de la obligación de ingresar y liquidar divisas de conformidad con lo establecido por el DNU Nº609 / 2019 y su modificatorio. Cuando eso ocurre, la devolución se efectivizará por el importe que exceda el monto de dichos incumplimientos , hasta que se regularicen los mismos ", destacaron.AFIP establece que las empresas exportadoras que tramiten un reintegro por IVA no deben registrar a la fecha de efectivización de la devolución, incumplimientos de la obligación de ingresar y liquidar divisas de conformidad con lo establecido por el DNU Nº609/2019 y su modificatorio. Cuando eso ocurra, efectivizará por el importe que exceda el monto de dichos incumplimientos

Fortalecer la capacidad del Estado

El comunicado destacó que "a los fines de instrumentar los cambios que fortalecen la capacidad del Estado para hacer cumplir las reglas, la normativa de la AFIP modifica las resoluciones generales N ° 2.000 y N ° 4.310", de modo que "la primera establece el procedimiento, los términos y condiciones a cumplir por los exportadores a fin de solicitar la acreditación, devolución o transferencia de Impuesto al Valor Agregado atribuible a las operaciones de exportación ".AFIP modifica las resoluciones generales N°2.000 y N°4.310", de modo que "la primera establece el procedimiento, los términos y condiciones a cumplir por los exportadores a fin de solicitar la acreditación, devolución o transferencia de Impuesto al Valor Agregado atribuible a las operaciones de exportación".

"La segunda normativa modificada es la que establece el procedimiento para la inscripción en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), un sistema de scoringscoring para los sujetos inscriptos en función de los incumplimientos que pueden ser detectados, un régimen de retención de IVA sobre determinadas operaciones agrícolas, cuya alícuota varía según el estado de calificación del sujeto retenido y un sistema de reintegro -total o parcial- del impuesto retenido que también tiene en consideración dicho estado de calificación. En este punto, se incorpora en el Estado 3 del SISA , como "incumplimiento detectado"IVA sobre determinadas operaciones agrícolas, cuya alícuota varía según el estado de calificación del sujeto retenido y un sistema de reintegro -total o parcial- del impuesto retenido que también tiene en consideración dicho estado de calificación. En este punto, , de tipo “formal”, a las inconsistencias o incumplimientos informados por el Banco Central en cuanto a la obligación de ingresar y liquidar divisas ", destacaron desde la AFIP.

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