Pensión por discapacidad: quiénes volverán a cobrar en octubre tras la suspensión del pago

Por orden de la justicia, el gobierno dio marcha atrás en la suspensión de los pagos de la pensión de discapacidad.  ¿Quiénes son los beneficiados por la medida?

BAE Negocios

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) confirmó que en octubre se reanudarán los pagos de las Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez Laboral para un grupo de beneficiarios que habían sido dados de baja durante las auditorías de control. En paralelo, el gobierno anunció que las pensiones por discapacidad aumentarán 5%, aunque todavía no hay fecha de su implementación.

La decisión de restituir las pensiones fue publicada este martes en el Boletín Oficial y establece que se dejan sin efecto las suspensiones dispuestas en el Anexo I de la Resolución 12.504/2025, en cumplimiento de una orden judicial dictada en la causa “Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa y otros c/ Estado Nacional – ANDIS s/ Acción de Amparo”.

La Jueza Federal María Belén López Macé, del Juzgado Federal N° 2 de Formosa, ordenó al Estado Nacional y a la ANDIS que restituyan en 24 horas los haberes retenidos a personas con discapacidad en esa provincia, medida que luego fue ratificada por la Cámara Federal de Resistencia.

 

ANDIS reanuda pagos y abre un plazo de regularización

La resolución dispone que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) reactive los pagos y que la Dirección de Asignación de Apoyos Económicos y Liquidación notifique a los beneficiarios alcanzados por la medida.

Además, la ANDIS otorgó un plazo de 90 días hábiles para que los titulares regularicen su situación administrativa, con el fin de permitir una evaluación técnica integral que confirme el cumplimiento de los requisitos para mantener la pensión.

 

 Quiénes pueden acceder a la Pensión por Invalidez Laboral

La Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral (PNC) está destinada a personas con una incapacidad total y permanente del 66% o más, que no cuenten con otros ingresos ni beneficios previsionales. Los requisitos principales son:

  • Acreditar incapacidad laboral permanente mediante el Certificado Médico Oficial (CMO).
  • No percibir otra jubilación o pensión, contributiva o no contributiva.
  • No estar registrado como empleado, autónomo o monotributista, excepto en el caso del monotributo social.
  • No contar con ingresos familiares suficientes para el propio sustento.
  • Ser argentino nativo o naturalizado con residencia en el país (los extranjeros deben acreditar 10 años de residencia).
  • No estar detenido ni a disposición de la justicia.
  • A partir de octubre, será obligatorio actualizar la dirección postal para recibir notificaciones judiciales por correo físico.

 

Documentación necesaria para solicitar la pensión por discapacidad

Para iniciar o reactivar el trámite, los interesados deben presentar:

  • DNI (frente y dorso).
  • Certificado Médico Oficial y estudios médicos complementarios.
  • Partida de nacimiento y documentación de los padres (si el titular es menor).
  • Formulario P.S. 6.4 de apoderado (si corresponde).
  • Copias de toda la documentación respaldatoria.

 

Auditorías y proceso de revisión

Las auditorías aplicadas por la ANDIS corresponden a pensiones otorgadas bajo la Ley 13.478 y el Decreto 432/97, excluyendo a menores de edad y a quienes ya fueron evaluados en 2024. El proceso incluye:

  • Turnos programados desde marzo de 2025.
  • Notificación mediante carta documento con fecha, hora y lugar de la evaluación.
  • Evaluación médica a cargo de profesionales del PAMI.
  • Envío de documentación escaneada dentro de los 30 días posteriores al turno a través de TAD, ANSES, correo postal o sedes de ANDIS.
  • La inasistencia injustificada puede derivar en una nueva suspensión del beneficio.

Las justificaciones deben enviarse a inasistenciapnc@andis.gob.ar
hasta 24 horas antes del turno.

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