Comisión Nacional de Valores

Autorizan el primer fondo común de inversión para el desarrollo de viviendas

En el primer tramo de emisión tendrá un valor de 2.000 millones de pesos. Lo impulsan Pellegrini y el Banco de Valores. Ofrece beneficios en el Impuesto a las Ganancias para lo inversores que participen. Las viviendas están destinadas a los sectores medio y bajos

BAE Negocios

La Comision Nacional de Valores (CNV) autorizo ayer la oferta publica del primer Fondo Comun de Inversion (FCI) cerrado en pesos para financiar el desarrollo de viviendas para los sectores de ingresos medios y bajos de la poblacion.

Es el primer instrumento habilitado en el marco del articulo 206 de la Ley 27.440 de Financiamiento Productivo y de la RG 882/21 de la CNV, que crearon los FCI inmobiliarios.

Se trata de un fondo cerrado impulsado por Pellegrini S.A. (como Sociedad Gerente) y Banco de Valores (como Sociedad Depositaria) que preve la emision de cuotapartes por un valor de oferta publica de 2.000 millones de pesos en el primer tramo de emision y de hasta 10.000 millones como monto maximo nominal.

Este FCI financiara el desarrollo de viviendas de hasta 220.000 UVAs o UVIs de precio final, con inicio de construccion para ser reactivadas y puestas a la venta en condiciones adecuadas de precio. Inicialmente, se preve completar complejos habitacionales en centros urbanos con alcance nacional.

Desde la CNV esperan que este vehiculo pueda "atraer a inversores institucionales como companias de seguros y, sobre todo, bancos a partir de la autorizacion del Banco Central para afectar hasta el 1% de la Responsabilidad Patrimonial Computable de las entidades a este tipo de vehiculos de financiamiento colectivo".

Este FCI cerrado, por tratarse de un vehiculo aplicado al desarrollo habitacional, es considerado como un instrumento financiero con impacto social certificado por FIX SCR, sobre la base de una auditoria anual del uso de sus fondos y que sera presentado para su listado en el Panel de Valores Negociables SVS de ByMA.

Los FCI inmobiliarios creados en el marco del articulo 206 de la Ley de Financiamiento Productivo suponen importantes beneficios en el Impuesto a las Ganancias para los inversores que participen y cumplan con las condiciones de permanencia en los mismos.

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