En una jornada histórica, el Congreso chileno convirtió en ley el matrimonio igualitario
Chile se convierte así en el séptimo país de América Latina en reconocer ese derecho, junto con Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador y Uruguay
La Cámara de Diputados de Chile aprobó con 82 votos a favor, 20 en contra y dos abstenciones el matrimonio igualitario después de un largo y complejo proceso parlamentario que, de manera sorpresiva, fue impulsado por el presidente conservador Sebastián Piñera en la recta final de su mandato.
De esta forma, Chile se suma a Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador y Uruguay, los países latinoamericanos que ya reconocen este derecho. En México, ya se aprobó en 24 de los 32 estados, pero no se ha podido avanzar en una legislación a nivel nacional.
En una agitada e histórica jornada parlamentaria, el Senado aprobó este mediodía la iniciativa y la remitió de inmediato a Diputados, en donde fue ratificada poco después, informó el medio RTenespañol.
El pasado 1 de junio, al presentar su último informe de Gobierno, Piñera anunció que era el momento de aprobar el matrimonio igualitario, un tema que hasta ese momento no formaba parte del debate público, ya que una iniciativa presentada por la expresidenta Michelle Bachelet en 2017 se mantenía paralizada en el Congreso.
Derechos
Además de legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo y de reconocer su derecho a la adopción, la nueva norma garantiza los derechos de filiación a toda persona que se someta a técnicas de reproducción humana asistida, sea cual sea su sexo, orientación sexual o identidad de género.
También respalda la no discriminación por orientación sexual o identidad de género, entre otras categorías, para efectos del régimen y ejercicio del cuidado personal de hijos/as; y elimina el divorcio automático para las personas trans que cambian su nombre y sexo legal.
Por otra parte, abre la posibilidad de que los derechos de filiación de los/as hijos/as pueden determinarse respecto de más de dos personas y establece los derechos laborales de pre y post natal sin discriminación por sexo, orientación sexual o identidad de género.