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El Gobierno rechaza la fusión de Disney y Fox

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) alertó por un escenario de "profundización de la concentración económica" y "restricción de la competencia"

BAE Negocios

La fusión de Disney y Fox en Argentina no consigue el visto bueno del Gobierno luego de que la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) aconsejara a la Secretaría de Comercio Interior anular la unión por considerar que profundiza la concentración económica y restringe la competencia.

A través de un dictámen, el organismo conducido por Rodrigo Luchinsky rechaza la fusión de las firmas The Walt Disney Company y Twenty-First Century Fox por "infringir el artículo 14 de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia".

De acuerdo a la normativa local, la CNDC tiene la potestad de subordinar las operaciones en pos del  cumplimiento de las condiciones que la misma autoridad establezca, o bien denegar su autorización. 

"En los casos en que el Tribunal de Defensa de la Competencia considere que la operación notificada tiene la potencialidad de restringir o distorsionar la competencia, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general, previo a tomar una decisión comunicará a las partes sus objeciones mediante un informe fundado y las convocará a una audiencia especial para considerar posibles medidas que mitiguen el efecto negativo sobre la competencia", señala la legislación vigente. 

En tanto, el este estatal otorgó un plazo de 15 días para que Disney y Fox "efectúen las consideraciones que crean oportunas u ofrezcan soluciones que puedan mitigar los potenciales efectos sobre la competencia que surgen del presente informe de objeción".

 

También se convocó a audiencia especial para considerar las medidas que las compañías ofrezcan en el marco de la fusión y evitar resultar perjudicial "para el interés económico general".

El Gobierno rechaza la fusión de Disney y Fox
Fuente: El PAÍS

La CNDC había notificado a fines de 2019 ciertos requerimientos al Formulario F1 presentado por los gigantes del entretenimiento, aclarando que hasta tanto den respuesta completa a lo solicitado en el apartado 3 del reclamo, el plazo establecido en el Artículo 14 de la Ley N° 27.442 no comenzaría a correr y quedaría automáticamente suspendido a la espera de la información solicitada.

"En virtud de la variedad de actividades económicas que desarrollan las empresas involucradas, se analizaron los efectos económicos en distintos mercados vinculados a la producción, comercialización y distribución/licenciamiento de contenido audiovisual a través de televisión, salas de cine y otros medios y, en la producción y comercialización de señales de televisión", indicó el informe elaborado por la comisión estatal. 

 

 

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