TRÁMITE OBLIGATORIO

Venta de inmuebles: cuándo hay que informar la operación a la ARCA

ARCA actualizó recientemente el monto mínimo a partir del cual será obligatorio solicitar el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI)

BAE Negocios

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó recientemente el monto mínimo a partir del cual será obligatorio solicitar el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI). Esta actualización, realizada según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, modifica el umbral que los propietarios de inmuebles deben tener en cuenta al momento de realizar la transferencia o venta de una propiedad.

 

¿Cuál es el nuevo monto mínimo para informar a ARCA sobre la venta de un inmueble?


A partir de abril de 2025, el COTI debe solicitarse cuando el valor del inmueble o la base imponible fijada para el pago de los impuestos inmobiliarios o el impuesto de sellos sea igual o superior a $66.833.000. Este valor actualizado refleja un ajuste basado en la inflación y tiene impacto directo en las operaciones inmobiliarias de mayor volumen.

 

¿Qué es el COTI?

El Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) es un régimen de información obligatoria para quienes deseen realizar la venta o transferencia de un inmueble en el país. Debe ser solicitado por el titular o condómino del bien inmueble antes de que se efectúe cualquier negociación o traspaso de propiedad. Este código es esencial para garantizar la correcta liquidación de impuestos asociados a la venta y para cumplir con la normativa fiscal vigente.

 

¿Cómo funciona el COTI?
 

El COTI se obtiene a través de la página web de ARCA y es obligatorio para las transacciones de inmuebles cuyo precio o base imponible supere los $66.833.000. Al solicitarlo, el vendedor debe completar una serie de datos clave sobre la propiedad, tales como:

  • Tipo de inmueble (casa, departamento, local, lote, entre otros).
  • Ubicación exacta del inmueble (dirección, localidad, provincia).
  • Precio fijado para la transacción (en pesos o moneda extranjera).
  • Identificación de los condóminos con su número de CUIT o CUIL, así como el porcentaje de titularidad.
  • Superficie total de la propiedad y otras especificaciones relacionadas con el bien.

 

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¿Quiénes están obligados a solicitar el COTI?
 

Las personas y entidades que deben obtener el COTI son:

  • Personas físicas y jurídicas que realicen la venta o transferencia de inmuebles.
  • Sociedades, asociaciones y entidades del Código Civil y comercial, así como patrimonios destinados a fines específicos.
  • Sucesiones indivisas.
  • Escribanos intervinientes en la transacción, quienes deben asegurarse de la validez y emisión del COTI.
  • Representantes legales de personas residentes en el exterior.
  • El COTI debe ser gestionado antes de la negociación u oferta de venta del inmueble, o bien, antes de realizar la transferencia de propiedad.

 

¿Qué sucede si el precio de venta es inferior al valor fiscal?
 

Si el precio acordado en la venta es inferior a la valuación fiscal del inmueble, se utilizará la base imponible establecida para el pago de impuestos inmobiliarios o el impuesto de sellos. Esta base imponible será la que se tomará en cuenta para determinar los tributos correspondientes a la transacción.

 

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