El Gobierno convoca a fijar un nuevo salario mínimo
En el comunicado se convoca a los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la productividad y el salario mínimo, vital y móvil. La sesión plenaria ordinaria se realizará el 14 de octubre
El Ministerio de Trabajo convocó este miércoles a sindicalistas y empresarios al encuentro anual del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil para el 14 de octubre próximo a fin de determinar el nuevo valor de ese ingreso y el monto mínimo y máximo de la prestación por desempleo.
El encuentro se realizará de forma virtual en dos sesiones a las 15 y 16.30 y participarán funcionarios, encabezados por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, sindicalistas de la CGT y la CTA y los empresarios, informó Trabajo.
Según informaron fuentes oficiales, la reunión contará con la designación de dos (2) consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta, y con la consideración de los temas elevados al plenario por la comisión del salsario, mínimo, vital y móvil y presentaciones por desempleo.
En el tercer artículo del documento, detalla: "Convócase a los integrantes de la Comisión aludida en el artículo anterior a reunirse en su sesión el día 14 de octubre de 2020, a las 15:00 hs, a la reunión a celebrarse mediante plataforma virtual conforme lo dispuesto por Resolución 344 de fecha 22 de abril de 2020".
En la reunión se tratara lo siguiente:
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Acuerdos salariales
La última homologación del valor del ingreso mínimo, vital y móvil fue el 3 de septiembre de 2019, cuando el exministro de Producción y Trabajo, Dante Sica, decidió, de forma unilateral por el decreto 610 y ante las desavenencias entre sindicalistas y cámaras patronales, una suba del 35 por ciento, por lo que el salario pasó entonces de 12.500 pesos a los actuales 16.875 pesos en tres tramos.
Entonces, el aumento fue escalonado y aplicable en agosto, septiembre y octubre de 2019 para el personal del sector privado y la administración pública.
El beneficio alcanza a los trabajadores mensualizados que cumplen una jornada legal completa de labor y, en el último encuentro de septiembre de 2019, los empleadores habían propuesto una mejora del 25 por ciento, con un adicional del 5 por ciento no acumulativo a partir de noviembre, en tanto los dirigentes sindicales exigieron un haber mínimo de 31.934 pesos por todo concepto.
Ante la ausencia de acuerdo entre las partes, el Ministerio de Producción y Trabajo elevó a través de la figura del "laudo" -una potestad de la cartera laboral cuando no hay consenso- el mínimo salarial que debe percibir un trabajador soltero, sin hijos, mensualizado y que cumple jornada legal completa.
Entonces se dispuso que el monto mínimo y máximo de la prestación por desempleo fuese desde agosto de 3.285,50 y 5.256,80 pesos, respectivamente; en septiembre de 3.634,40 y 5.815 pesos y, en octubre, de 3.925,10 y 6.280,20 pesos.
El aumento para el salario mínimo no alcanza al personal encuadrado en los convenios colectivos de trabajo y a los beneficiarios de aquella prestación por desempleo.
El Consejo Nacional del Salario Mínimo, que fue creado por la Ley 24.013 y sus modificatorias, sesionará en sesiones plenarias mediante plataforma virtual, y su titular es el ministro Moroni, según el decreto 91 del 20 de enero último.