PANDEMIA

La administración pública vuelve al trabajo presencial, qué establece la normativa

Quienes hayan decidido no recibir las vacunas contra el Covid, deberán firmar una declaración jurada y asumir la responsabilidad por las eventuales complicaciones de salud que puedan sufrir sus compañeros de trabajo

BAE Negocios

A dos años del comienzo de la pandemia en el país este lunes dejan de estar vigentes los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) que establecieron mecanismos laborales virtuales como parte de las medidas de cuidado dispuestas para frenar los contagios. Un primer paso ya había sido dado a mediados de agosto pasado, cuando los empleados estatales empezaron a retornar a sus puestos de trabajo, aunque bajo un esquema mixto que combinó tareas remotas y la presencialidad programada.

 

En efecto la norma dictada por el Gobierno fijó la presencialidad para los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad contra la Covid-19, autorizadas en la Argentina, luego de 14 días de la inoculación.

Para ese período iniciado en agosto del 2021, el Estado reacondicionó sus sedes, de acuerdo con parámetros establecidos por las autoridades sanitarias para mantener los cuidados que, además del uso de barbijo y la sanitización, obligó a espaciar el número de personas en un mismo ámbito.

Desde este lunes la normativa indica que “cada jurisdicción, organismo y entidad de la administración pública nacional deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios”. Así lo resolvió la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete, a través de la Resolución 58/2022, publicada en abril en el Boletín Oficial. Sin perjuicio de lo dispuesto los trabajadores deberán continuar respetando recomendaciones generales para prevenir nuevos contagios de coronavirus y de otras enfermedades respiratorias.

También, de acuerdo con la resolución firmada por la secretaria de Gestión y Empleo Público Ana Castellani, los organismos deben solicitar los certificados de vacunación a sus trabajadores.

No vacunados

Para quienes hayan desistido de vacunarse contra el Coronavirus deberán firmar una declaración jurada expresando que han recibido y comprendido la información vinculada a la vacunación “y que asumen toda responsabilidad derivada de la conducta que adopten”. Además los no vacunados tienen que comprometerse a tomar los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar al equipo de trabajo que integran”. Continuarán exceptuadas de la labor presencial las personas que acrediten documentación médica por pertenecer a grupos de riesgos.

“Aquellos trabajadores que no cumplan con la modalidad de servicios exigible serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicable”, establece la normativa vigente a partir de hoy.

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