LA ERA MILEI

Paritaria UOM, caso testigo: homologaciones sesgadas del Gobierno por el techo salarial

El acuerdo del gremio y empresarios metalúrgicos se convirtió en un punto de inflexión. Control político y económico sobre las paritarias que según analistas incluye una contradicción libertaria con su propia ley Bases

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La aprobación ministerial de los acuerdos paritarios tiene una relevancia directa con la pauta salarial del gobierno de turno. En su esquema antiinflacionario, la gestión libertaria ha definido un techo para esos convenios, con el Ministerio de Economía como guardián.


En efecto, la homologación de pactos entre gremios y empleadoras constituye un apéndice decisivo de esa dinámica. A la tradicional pulseada entre patronales y sindicatos se suma la pretensión gremial de recuperar el poder adquisitivo perdido tras el ajuste iniciado a fines de 2023.


En este punto, el acuerdo alcanzado entre las cámaras empresarias y la UOM en la rama metalmecánica, firmado el 4 del corriente mes y negociado sin intervención de la Casa Rosada, se convierte en un caso testigo. Por lo referencial de esa paritaria, su aún no definida homologación resuena incluso en gremios no industriales.

La negociación metalúrgica está atravesada por tensiones: por un lado, se reafirma que “toda paritaria es política”; por otro, se hace evidente que el modelo económico del gobierno no favorece a la industria. A eso se suma el hecho de que la UOM forma parte del círculo de confianza de la ex presidenta Cristina Fernández.  Estas cuestiones son asumidas periódicamente por la dirigencia del gremio ante la consulta de BAE Negocios.

En números el convenio de la UOM registra un 7,6% de mejora y establece los siguientes incrementos y sumas fijas no remunerativas, a pagarse en abril, 3,3% más $30.000 no remunerativo; en mayo, 1,2% más $25.000 no remunerativo; en junio, 1,1% más $25.000 no remunerativo; en julio, 1% más $25.000 no remunerativo; y en agosto, otro 1% con $25.000 no remunerativo.
Según la normativa vigente —ley 23.546 y sus modificatorias— una paritaria debe ser homologada por la secretaría de Trabajo en un plazo de hasta 30 días hábiles desde su solicitud. Si vencido ese plazo no se emite una resolución expresa (de aprobación o rechazo), el acuerdo se considera homologado, en forma tácita.


Para que esa circunstancia se concrete deben cumplirse ciertos requisitos: que el convenio haya sido presentado correctamente, con firmas ratificadas, incluyendo los términos, anexos y la documentación correspondiente; que no se hayan registrado observaciones ni pedidos de informes; y que efectivamente hayan transcurrido 30 días hábiles sin respuesta oficial.


Ahora bien, si la autoridad competente, hoy la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Capital Humano,  solicita información adicional, el plazo se suspende hasta que sea completada. En caso de “silencio administrativo”, y sin necesidad de un acto formal, la paritaria se oficializa. No obstante, a la hora de volcarla en los recibos de haberes, algunas empleadoras optan por consignar el aumento “a cuenta de homologación”, como resguardo ante eventuales impugnaciones o demoras en la resolución.

 

Análisis y pensamiento crítico

“La secretaría de Trabajo viene pisando las paritarias mediante un ejercicio arbitrario de la homologación”, expresó a este diario el abogado laboralista y docente universitario (UBA y Universidad de Moreno) Luis Roa. Señaló que el artículo 6 de la ley 23.546 establece que la homologación debe producirse en un plazo máximo de 30 días desde la recepción de la solicitud, “siempre que la convención reúna todos los requisitos establecidos”. Y agregó: “La norma aclara que, transcurrido ese plazo, se la considerará tácitamente homologada”.

 

“El Gobierno juega con esos plazos, evitando pronunciarse expresamente sobre los acuerdos que se le presentan, dejando correr el tiempo y luego interrumpiendo el procedimiento con el argumento de que la convención no reúne los requisitos necesarios. Así, vuelve a contar los plazos y decide homologar a su conveniencia. Sucede como en el film 'El día de la marmota', una historia de nunca acabar”, ironizó el letrado.


Incluyendo el pacto de la UOM en su análisis, Roa remarcó que lo descripto configura “una interpretación amañada del texto legal, utilizada en desmedro del ejercicio de un derecho fundamental como la libertad sindical, para obstruir la libre autonomía de la negociación colectiva”. El especialista también criticó a la gestión libertaria por “desvirtuar, mediante la ley Bases, la ley de procedimiento administrativo, aplicando el silencio positivo de la administración a todo tipo de situaciones. Sin embargo, ahora el Gobierno elude aplicarlo cuando se trata de mejorar los magros salarios de los trabajadores”.

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