Coronavirus en Argentina

App Cuidar en Dispo: ¿es necesario tramitar el permiso para viajar?

El ingreso a la etapa de distanciamiento social en el AMBA flexibilizó distintas restricciones que se mantenían vigentes desde marzo, sin embargo el transporte público aún muestra una cláusula para su uso 

BAE Negocios

Este lunes el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) inauguró su pasaje del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) hacia el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio ( Dispo) tras más de siete meses de mostrar restricciones en el funcionamiento de sus actividades. El Certificado Único de Circulación ( CUHC) dejó de ser un condicionante para el traslado, sin embargo en el uso del transporte público aún permanece un requisito. 

"El transporte público sigue siendo exclusivo para los trabajadores esenciales. Y quienes los usen, sí tienen que tener el certificado de circulación", indicó el jefe de Gabinete porteño, Felipe Miguel al ser consultado por los distintos episodios en los que se requería su presentación. 

Si bien este viernes el Ministerio de Transporte de la Nación oficializó el protocolo para poder viajar parado en colectivosy trenes del AMBA, se reiteró la exclusividad para los trabajadores que se desempeñen en sectores esenciales. 

Cómo es el nuevo protocolo para viajar en colectivos y trenes urbanos
  • Se estableció una cantidad máxima de 10 personas de pie, y solamente en los horarios "pico" o de mayor demanda.
  • Además, en los trenes los pasajeros que viajen parados deberán procurar obligatoriamente una distanciamiento de un metro cuadrado respecto de la ubicación de otras personas.

Esta reglamentación es la primera flexibilización en servicios de trasporte interurbanos del AMBA desde que se decretó la cuarentena el 20 de marzo pasado, y que se fue amoldando con el transcurso del tiempo. 

El listado de los trabajadores esenciales que podrán utilizar el transporte público

Los trabajadores esenciales ya no deben renovar sus permisos para circular pero si contar con ellos. Puede ser en formato papel o por medio de la plataforma 'Cuidar'.

Lista completa de trabajadores esenciales que pueden circular en cuarentena
  • Personal de Salud.
  • Fuerzas de seguridad.
  • Fuerzas Armadas.
  • Actividad migratoria.
  • Servicio meteorológico nacional.
  • Bomberos.
  • Control de tráfico aéreo.
  • Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las autoridades.
  • Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
  • Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena.
  • Personal de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
  • Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios.
  • Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos
  • Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  • Personal afectado a obra pública.
  • Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias.
  • Provisión de garrafas.
  • Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos
  • Industria de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
  • Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales
  • Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior (exportación e importación pagando los respectivos impuestos y derechos aduaneros).
  • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  • Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  • Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías.
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  • Servicios de lavandería.
  • Servicios postales y de distribución de paquetería
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  • Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de energía, etc. (luz, y fuerza), petróleo, combustibles y Gas, biocombustibles, energía en general, minería.
  • Casa de Moneda $$$, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BCRA autorice.
  • Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria.
  • Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria
  • Comisión Nacional de Valores.
  • Operación de aeropuertos y fábrica argetina de aviones.
  • Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
  • Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
  • Restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario.
  • Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
  • Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
  • Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía
  • Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
  • Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos
  • Inscripción, identificación y documentación de personas.
  • Actividad notarial.
  • Personas con discapacidad (según DNI) y comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista (TEA), y prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista.
  • Bancos, actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos
  • Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas (para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente).
  • Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas
  • Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos (solo a personal esencial)
  • Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio.
  • Traslado de niños, niñas y adolescentes, al domicilio del otro progenitor o progenitora, o referente afectivo, una vez por semana y en interés del menor.
  • Los traslados podrán realizarse una vez por semana.
  • Actividad y servicio de mantenimiento y reparación de material rodante ferroviario, embarcaciones, buques y aeronaves, fabricación y provisión de insumos y repuestos indispensables para el transporte.
  • Actividad de entrenamiento de pilotos.
  • Personal de Anses.
  • Profesionales y técnicos especialistas en seguridad e higiene laboral.
  • Las actividades de las concesionarias de los corredores viales nacionales, incluido el cobro de peaje.
  • Actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios (Seguros).
  • Actividades y servicios vinculados a la realización de auditorías y emisión de certificados de seguridad.
  • Práctica deportiva desarrollada por los atletas argentinos y las atletas argentinas que se encuentran clasificados y clasificadas para los XXXII Juegos Olímpicos que tendrán lugar en el 2021, en la Ciudad de Tokio, Japón, y por sus equipos de trabajo.
  • Actividad de vuelo o simuladores de vuelo.
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