NUEVO CRÉDITO

De cuánto debe ser tu sueldo para poder pedir el préstamo de Anses

Trabajadores en relación de dependencia podrán solicitar préstamos de 400 mil pesos en Anses. Cuánto deben cobrar para poder acceder

BAE Negocios

Desde el lunes trabajadores y trabajadoras podrán solicitar un nuevo crédito en Anses de hasta $400.000 con tasa subsidiada del 50% anual por el Estado Nacional y que se podrá devolver en 24, 36 o 48 cuotas

El préstamo confirmado por Fernanda Ravertadirectora de la institución, exige que los empleados en relación de dependencia sean aportantes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

 

¿Qué es SIPA?

El SIPA es uno de los métodos que se usan para administrar los aportes jubilatorios realizados por personas mayores de 18 años que estén bajo relación de dependencia o sean monotributistas.

De cuánto debe ser tu sueldo para poder pedir el préstamo de Anses
Para la inscripción necesitas tu CUIL y Clave de Seguridad Social
Nuevo préstamo de Anses: ¿cuánto tengo que cobrar para poder pedirlo?

El acceso al crédito de Anses corresponde a trabajadores con ingresos de hasta $700.875 brutos. Se puede solicitar de manera virtual al ingresar a mi ANSES, con el número de CUIL y la Clave de Seguridad Social.

La inscripción será el lunes entre las 10 y las 20 horas. Solo se puede solicitar un crédito por persona y con el dinero recibido no se pueden realizar ciertas acciones, como comprar dólares.

De cuánto debe ser tu sueldo para poder pedir el préstamo de Anses
Conoce los requisitos para el préstamo
Requisitos para acceder al crédito
  • Residir en la Argentina en forma permanente.
  • Tener una antigüedad en tu trabajo no menor a 6 meses.
  • Ser trabajadora o trabajador en relación de dependencia aportante al SIPA.
  • Tu sueldo no debe ser mayor a los $700.875 mensuales.
  • Ser titular de una tarjeta de crédito del banco donde cobrás tu sueldo. Esto significa que esta medida no alcanza a tarjetas de crédito no bancarias expedidas por entidades financieras.
  • Ser mayor de 18 años y no alcanzar la edad jubilatoria al momento de cancelación total del crédito.
  • No superar la "situación 2" de la Central de Deudores del BCRA.
  • No ser titular de una jubilación o pensión.
  • No ser trabajadora o trabajador eventual, discontinuo, de temporada o de casas particulares. 
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