Cuarentena nocturna

Toque de queda sanitario nocturno: ¿qué pasa si no cumplo?

A partir de este viernes, tras la publicación del decreto en el Boletín oficial, se podrán reestablecer las multas y sanciones penales para las personas que infrinjan las restricciones a la circulación

BAE Negocios

El Gobierno confirmó que a partir de este viernes 8 de enero comenzará a regir el toque de queda sanitario para reducir el número de contagios por coronavirus (Covid-19) que se incrementó los últimos días.

Por su parte, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, adelantó que "las medidas van a estar esta tarde definidas. Se están redactando en este momento. Y van a estar publicadas mañana, cuando van a empezar a regir".

 

¿Desde qué hora estará prohibido circular?

La restricción de la circulación noctura se extenderá de 23 a 5 y se hará efectiva con la publicación del decreto presidencial en la mañana del viernes.

La nueva restricción, fue acordada durante la reunión virtual que encabezó el pasado miércoles el presidente Alberto Fernández con los gobernadores. Allí se definieron algunas medidas que se implementarán desde mañana. 

 

Toque de queda: nuevas medidas de circulación
  • Se limita la nocturnidad. La forma en que se aplica la resolverá cada provincia
  • Se acotan viajes al exterior
  • Se exigirá test PCR en el momento que alguien llega a cualquier provincia por vía aérea, sobre todo a destinos donde hay mayor número de casos.
  • Se acota a 10 el número de personas en reuniones.
  • Se restringe nuevamente el uso de transporte público a trabajadores esenciales.
Toque de queda sanitario: multas y sanciones

Al comienzo de la pandemia por Covid-19, el Gobierno, mediante el Decreto DNU 297 / 2020, dispuso ciertas normas a cumplir durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) y se fue renovando cada 15 días.

El artículo 4 de dicha resolución estableció que "cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del 'aislamiento social, preventivo y obligatorio' o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal".

 

¿Qué dice el artículo 205 del Código Penal?

Art. 205: "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".

 

¿Qué dice el artículo 239 del Código Penal?

El Art. 239 dice: "Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal".
 

 

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