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Aumentan los topes de facturación del monotributo: cuáles son los nuevos límites

El Gobierno actualiza el monotributo por inflación. Cuáles son los nuevos topes de facturación, categorías y cuotas mensuales desde agosto

BAE Negocios

El Gobierno aumentará del 15% al 16% en los topes de facturación del régimen simplificado del monotributo, que pasará de $82 millones a cerca de $95 millones anuales, según adelantó el subsecretario de Prensa, Javier Lanari. 

El reajuste se realiza por lo dispuesto en la ley de medidas fiscales aprobada en 2024, que establece dos actualizaciones anuales del monotributo: en enero y en julio. El nuevo cuadro de valores será clave para la recategorización de mitad de año, según informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

 

La actualización se va a hacer efectiva en agosto e impactará en las categorías, cuotas mensuales e ingresos máximos permitidos, y está vinculada a la inflación acumulada en el primer semestre del año.

Cuáles son los nuevos límites de facturación del monotributo por categoría

Con la actualización semestral, los topes de ingresos y los aportes mensuales se modificarán en todas las categorías del régimen:

Categoría A (más baja):
  • Tope de ingresos: de $7,8 millones a $9 millones.
  • Cuota mensual: de $32.221 a más de $37.000.
Categoría B:
  • Ingresos: de $11,4 millones a $13 millones.
  • Cuota mensual: de $36.679 a más de $42.000.
Categoría K (más alta):
  • Facturación máxima: de $82 millones a $95 millones.
  • Cuota mensual para servicios: sube de $1.050.000 a $1,2 millones.
  • Comercio: de $456.000 a cerca de $520.000.

Desde la reforma fiscal de 2024, ya no hay distinción entre comercio y servicios en el tope de facturación, aunque se mantienen diferencias en el monto a pagar.

Quiénes tienen que hacer la recategorización

Los monotributistas deben revisar su situación entre el 22 de julio y el 5 de agosto. La recategorización corresponde si la facturación entre julio de 2024 y junio de 2025 supera o queda por debajo de los límites actualizados. También se tendrán en cuenta:

  • Precio máximo unitario de venta: no debe superar los $536.000 a $541.000
  • Monto anual de alquiler devengado: en la categoría más alta no podrá pasar los $6,3 millones

El sistema ya incluye un método simplificado para quienes tengan más de 12 meses en el régimen, con datos pre cargados. Sin embargo, el contribuyente podrá corregir la cifra si fuera necesario.

Quiénes no deben recategorizarse
  • Inscriptos hace menos de seis meses.
  • Contribuyentes que permanecen en la misma categoría.
Relación con Ganancias

El mismo índice de inflación también se usará para actualizar el impuesto a las ganancias. Si se confirma un alza de entre 15% y 16%, el mínimo no imponible mensual pasaría de $2,28 millones a unos $2,6 millones brutos para trabajadores en relación de dependencia sin deducciones.

 

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