Subsidio
Desempleo de Anses: extienden el pago de la prestación, ¿hasta que fecha se cobra?
Para mitigar el impacto económico de la cuarentena, el organismo previsional prorrogó el pago del subsidio para aquellos trabajadores que fueron despedidos sin justa causa
La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) decidió extender el pago de la prestación por desempleo que se entrega a trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin justa causa, luego de registrarse en la página del organismo previsional anses.gob.ar.
Estas personas pueden acceder a un cobro mensual y conservar su obra social y las asignaciones familiares.
¿Hasta que fecha se extiende la prestación por desempleo?
Requisitos para solicitar la prestación por Desempleo
Documentación a presentar
- DNI (original y copia)
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- El trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud.
- El trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.
El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según tus ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.