Empleados de comercio logran un nuevo acuerdo salarial: qué sector tendrá aumento
La paritaria prevé subas escalonadas del 1,7% en marzo y abril, con revisión prevista para mayo
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) cerró un nuevo acuerdo salarial con las cámaras empresarias del sector acopio, que beneficia a los trabajadores comprendidos en el Anexo Cerealero del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75.
El entendimiento se firmó en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la participación de FAECyS, la Confederación Intercooperativa Agropecuaria Cooperativa Limitada (CONINAGRO), la Federación de Acopiadores y el Centro de Exportadores de Cereales (CEC).
El convenio establece aumentos remunerativos escalonados del 1,7% en marzo —calculado sobre los sueldos básicos de enero— y otro 1,7% en abril, tomando como base los básicos del mes anterior. La vigencia del acuerdo se extenderá desde el 1 de marzo de 2025 hasta el 30 de abril de 2026. En mayo, las partes volverán a reunirse para revisar las escalas salariales.
El esquema mantiene tres escalas salariales diferenciadas por el volumen de acopio anual: hasta 25.000 toneladas (Sector 1), entre 25.001 y 75.000 toneladas (Sector 2) y más de 75.000 toneladas (Sector 3), con el objetivo de adecuar los sueldos a la capacidad económica de cada empresa.
Además, el acuerdo ratifica la vigencia de todas las cláusulas anteriores no modificadas y sostiene el aporte extraordinario mensual de $100 a OSECAC hasta abril de 2026. También actualiza el aporte pactado en enero de 2025, fijándolo en $5.500 por trabajador.
Los empleados con jornada reducida o tareas discontinuas recibirán incrementos proporcionales. Los aumentos no podrán ser absorbidos por otros conceptos previos, salvo que hayan sido otorgados desde noviembre de 2024 a cuenta del nuevo convenio. Si el Gobierno dispone un aumento general de salarios, este acuerdo podrá absorberlo únicamente si existe consenso entre las partes.
La Secretaría de Trabajo de la Nación deberá homologar el acuerdo. Mientras tanto, las empresas podrán liquidar los pagos bajo el concepto de “Pago anticipado a cuenta del Acuerdo Colectivo marzo 2025”.