Fomento al crédito

El Gobierno reglamentó el régimen de hipotecas divisibles para la compra "en pozo"

La medida permite que cada comprador de una vivienda en construcción asumirá solo su parte de la deuda. Todos los detalles sobre el acceso a hipotecas divisibles

BAE Negocios

El Gobierno reglamentó la implementación del régimen de hipotecas divisibles, con el que se busca facilitar el financiamiento de los desarrollos inmobiliarios en construcción o “en pozo”, al permitir que cada comprador de una vivienda de ese emprendimiento asuma solamente la parte correspondiente a su deuda.

La medida se instrumentó a través de la resolución conjunta 2/2025 de los ministerios de Economía y de Justicia, publicada hoy en el Boletín Oficial, según lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 1017/2024 de noviembre del año pasado y que si bien ya estaba en vigencia, requería la aclaración de algunos de sus artículos.

Con la reglamentación, “podrán constituirse hipotecas divisibles sobre inmuebles sujetos a proyectos inmobiliarios para la posterior división y afectación al régimen de propiedad horizontal o conjuntos inmobiliarios, o para subdivisiones originantes de parcelas del dominio común”, indicó el Palacio de Hacienda en un comunicado.

 

Hipotecas para proyectos en pozo: mismas condiciones que una propiedad terminada 

 

Al respecto, Economía explicó que “cualquier persona podrá acceder a un crédito hipotecario a largo plazo para financiar la compra de un desarrollo inmobiliario en construcción (conocido comúnmente como “pozo”) o de un lote en un barrio, incluso antes de la subdivisión de terrenos”.

“Este financiamiento permitirá la adquisición en las mismas condiciones que las de una propiedad terminada, facilitando así el acceso a vivienda desde las primeras etapas del proyecto”, añadió.

De esta manera, se permitirá crear una hipoteca divisible a los dominios que consten libres de gravámenes o reconocidos por el acreedor, cuenten con un proyecto urbanístico que determine la modalidad de subdivisión y su acto constitutivo prevea la conformidad de las partes para realizar la división del crédito y de la garantía hipotecaria. 

Las partes podrán autorizar su cesión, securitización, integración a fideicomisos financieros y emisión de letras hipotecarias conforme la legislación vigente y la reglamentación aplicable.

 

Más opciones de financiamiento para comprar viviendas

 

“La falta de un sistema de hipotecas divisibles reducía considerablemente la oferta de viviendas posibles de ser hipotecadas”, destacó Economía, que además indicó que la situación “limitaba el acceso al financiamiento de futuras obras a ejecutarse por el sector privado y restringía la afectación de las unidades funcionales o lotes de terreno”.

Asimismo, se reguló la hipoteca sobre el derecho real de superficie para proyectos inmobiliarios, permitiendo constituir una hipoteca sobre la rasante, vuelo o subsuelo, o sobre el derecho a construir en el inmueble, dentro del plazo de duración del derecho de superficie.

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