Acuerdo con el FMI: cómo será el camino del DNU en el Congreso
El DNU sobre un acuerdo con el FMI será remitida al Poder Legislativo dentro de los próximos diez días. Tendrá vigencia de ley hasta que no sea rechazada en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo
El Gobierno publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que lo habilita a negociar con el Fondo Monetario Internacional un nuevo préstamo económico. Pese a que un nuevo acuerdo con el FMI requiere de una ley del Congreso, según establece la legislación vigente, el presidente Javier Milei lo intentará aprobar a través de un DNU que remitirá al Congreso.
El decreto seguirá el mismo recorrido legislativo que cualquier otro DNU. Una vez que el texto es publicado en el Boletín Oficial con la firma del Presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y todos sus ministros, se envía al Congreso. Para eso, el Poder Ejecutivo tiene un plazo máximo de 10 días.
Posteriormente, el decreto será tratado en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, encargada de dictaminar en torno a la validez de los DNU. Si ese cuerpo de trabajo no se pronuncia en un plazo de 10 días hábiles, tanto la Cámara de Diputados como el Senado quedan habilitados a llevar el texto al recinto y aprobarlo o rechazarlo.
En la votación no se admite ningún tipo de cambio en el texto del DNU. Los legisladores únicamente pueden aprobar o rechazar la norma. En caso de que una de las dos Cámaras le dé el visto bueno a la norma, bastará para que quede aprobada, sin importar la voluntad de la otra. Únicamente ante el rechazo del Senado y de Diputados puede caerse un decreto.
El decreto rige con fuerza de ley desde el momento de su promulgación hasta tanto ambas Cámaras parlamentarias lo rechacen. Mientras dure el trámite legislativo, la norma tiene vigencia. No es decisión del Poder Ejecutivo que el DNU pase por el Congreso, sino que se trata de un procedimiento administrativo habitual. El Gobierno deberá apostar a conseguir el apoyo necesario para que la norma no sea rechazada por ambas Cámaras.
El DNU es una herramienta prevista en la Constitución nacional que le permite al jefe de Estado legislar en circunstancias excepcionales. En el caso de que hubiera mandado un proyecto de ley en lugar del decreto, el Ejecutivo necesita que sea aprobado por las dos cámaras.
El caso del decreto tiene un camino distinto. Su vigencia permanece intacta desde su dictado y para su derogación se necesita del rechazo de las dos cámaras. Es decir que el Ejecutivo necesita mayoría en un sólo cuerpo para mantener la vigencia del decreto.
Desde que asumió en diciembre de 2023, Milei firmó 61 DNU, según la base oficial del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). En las primeras semanas de gestión rubricó siete DNU, uno de ellos el famoso 70/2023 que modificó o derogó cientos de leyes. En 2024 el Gobierno dictó 47 decretos de necesidad y urgencia; mientras que en lo que va de 2025 Milei dictó siete DNU.