Medida administrativa o juicio político: qué dice la ley sobre el retiro de jubilaciones de privilegio
La norma que regula las asignaciones vitalicias establece que la única razón por la que un ex presidente puede no percibir este beneficio es si es removido de su cargo por el Congreso mientras está en funciones.
La decisión del Ejecutivo nacional de retirar la jubilación y la pensión por viudez a la ex mandataria Cristina Kirchner choca de frente con la ley que regula las asignaciones mensuales vitalicias para presidentes, vicepresidentes y jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Según el texto de esa normativa, la única razón para que alguno de esos funcionarios públicos no perciba este beneficio (a futuro) es si es removido de su cargo mediante un juicio político.
“La baja no constituye una sanción accesoria a la condena penal que le fuera impuesta por la Justicia, sino una necesaria consecuencia por la indignidad política que implica haber sido considerada autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta”, señaló el comunicado que difundieron desde el ministerio de Capital Humano, que encabeza Sandra Pettovello, para dar cuenta de los motivos por los que el gobierno de Javier Milei resolvió quitarle la llamada "jubilación de privilegio" a la ex jefa de Estado.
Más allá de la discusión retórica, la medida adoptada por el oficialismo se saltea la letra de la norma 24.018, que en su artículo 29 sostiene que "los beneficios de esta ley, no alcanzan a los beneficiarios de la misma que, previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones".
En el caso de Cristina Kirchner, no le cabría ese apartado de la ley en cuanto a la jubilación que percibe en la actualidad, básicamente porque no fue enjuiciada por el Parlamento, sino que, por el contrario, completó sus dos mandatos como presidenta. De igual modo, terminó de ejercer sus funciones como vicepresidenta el 10 de diciembre de 2023, cuando se cumplieron los cuatro años correspondientes al período para el que fue electa. En lo referido a la pensión por viudez, tampoco habría razones para que no la reciba, según la normativa vigente.
El oficialismo intentó modificar dicha ley en varias oportunidades, una de ellas durante el debate de la Ley Bases, sin embargo no fue posible ante la resistencia de una parte de la oposición. Uno de los que más se alzó en contra fue el jefe del bloque de Encuentro Federal, Miguel Ángel Pichetto, que en junio pasado pidió que sea removido el artículo que eliminaba las "jubilaciones de privilegio" en la ley de movilidad jubilatoria. Aunque igual fue puesto a consideración ese punto, la Cámara de Diputados lo rechazó por 111 votos negativos, 109 positivos y 15 abstenciones.
María Eugenia Vidal es una de las diputadas del PRO que presentó un proyecto para terminar con el tipo de jubilaciones que actualmente cobran los ex presidentes y ex vicepresidentes. También hay una iniciativa presentada por los legisladores del MID Oscar Zago y Eduardo Falcone.
Aún si el Congreso consiguiera suprimir las "jubilaciones de privilegio", la ley no es retroactiva, por lo que todos los actuales ex mandatarios (Alberto Fernández, Mauricio Macri, Cristina Kirchner, Alberto Rodríguez Saá y María Estela Martínez de Perón) deberían continuar percibiendo este beneficio. Sólo se aplicaría a Milei -aunque ya decidió renunciar a esa asignación vitalicia- y a la vicepresidenta Victoria Villarruel, una vez que terminen sus respectivos mandatos.